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Algunas consideraciones sobre el arraigo preventivo de naves en Chile
Por Javier Ignacio Fernández Carrera
“El arraigo preventivo de naves es una poderosa arma en las manos de un acreedor marítimo. Muchas discusiones sobre este tema se han desarrollado en el Derecho Comparado pero Chile ha solucionado el asunto sin necesidad de adherirse a la Convención sobre embargo preventivo de naves de 1952 o a la Convención Internacional de Embargo de Buques de 1999. En general, el sistema ha funcionado, aunque desde un punto de vista práctico se puede decir que se ha prestado para algunos abusos.”
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Términos mencionados en esta doctrina: preventivo, convención.